Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2025)

Enmienda de 26 de diciembre de 2024. Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2025) con las Enmiendas adoptadas durante las sesiones 111.ª, 112.ª, 113.ª, 114.ª y 115.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).

 

Se actualizan los anexos A y B del transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera que tiene como objeto de armonizar en la Unión Europea las condiciones del transporte de mercancías peligrosas y garantizar el funcionamiento adecuado del mercado común del transporte, el ADR se aplica también al transporte nacional en los Estados miembros.

El texto enmendado del ADR 2025 entrará en vigor el 1 de enero de 2025.