Declaración Anual de Envases

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, se recurda los productores de producto inscritos en el Registro de Productores de Producto la obligacion de submeter la información relativa a quantidade de envases puestos en el mercado español. La información deberá presentarse antes del 31 de marzo a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
No obstante, los productores de producto que introduzcan en el mercado menos de 15 toneladas de envases al año, las plataformas de comercio electrónico en el caso previsto en el último párrafo de la definición del artículo 2.t), y el primer distribuidor o comerciante del producto envasado con sede en España para los casos previstos en el tercer párrafo del artículo 17.2, proporcionarán dicha información de forma simplificada.

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